Absuelto el dueño de un perro que le mordió la pierna a un niño de 7 años
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Absuelto el dueño de un perro que le mordió la pierna a un niño de 7 años
En periodismo se dice que no es noticia que un perro muerda a un niño, pero sí que un niño muerda a un perro. Pero, como todo en la vida, depende. En un caso de un ataque canino a un menor de 7 años ocurrido el pasado agosto en una finca de Atarfe, la gravedad de las mordeduras sufridas por el pequeño y el desenlace absolutorio del caso son suficiente justificación.
El niño estuvo 8 días hospitalizado, y aunque afortunadamente se ha recuperado -sólo le quedan cicatrices-, le ha sobrevenido, "un pánico y miedo incontrolable a los perros". El suceso se tramitó como un juicio rápido de faltas. La vista se celebró el pasado 22 de febrero en el Juzgado de Instrucción 2 de la capital. Y la sentencia ha sido absolutoria porque, según la juez que enjuició los hechos, las personas denunciadas -el dueño de la empresa que está ubicada en la finca donde ocurrió el ataque- y el propietario del perro, un rottweiler mediano, no tuvieron ningún tipo de responsabilidad penal.
La jueza explica que "tenían al perro en una propiedad privada" y que ésta "se encontraba cercada o imposibilitando el acceso de terceras personas extrañas a la finca en cuestión". Además, había carteles que advertían de la "peligrosidad" de los perros que se hallaban en su interior. El niño entró a aquella finca en un coche, acompañado de dos mayores: su joven cuñado y el dueño del can. Iban a echar de comer a los animales y el niño, según la magistrada, quiso ir con ellos y se bajó del vehículo. La juzgadora establece que el padre del menor ya había sido "advertido de la peligrosidad de los animales que estaban en el interior de la finca" y "no obstante, fue el padre quien insistió en que se llevaran al menor".
El ataque ocurrió mientras el pequeño jugaba con el perro y, a juicio de la juzgadora, el adulto que asumió su cuidado al llevárselo "debería de haber adoptado las medidas oportunas para evitar el fatal desenlace de la agresión del perro a dicho menor". El can le mordió en "toda la pierna, ingle, gúteo y parte anterior y posterior de extremidad inferior derecha".
La resolución, que sigue el "mismo entendimiento" marcado por otras sentencias en casos similares, recuerda que en "el Derecho Penal rige el principio de intervención mínima", aunque abre la puerta a la familia del crío a la vía civil en caso de que crean que deben ser indemnizados.
El niño estuvo 8 días hospitalizado, y aunque afortunadamente se ha recuperado -sólo le quedan cicatrices-, le ha sobrevenido, "un pánico y miedo incontrolable a los perros". El suceso se tramitó como un juicio rápido de faltas. La vista se celebró el pasado 22 de febrero en el Juzgado de Instrucción 2 de la capital. Y la sentencia ha sido absolutoria porque, según la juez que enjuició los hechos, las personas denunciadas -el dueño de la empresa que está ubicada en la finca donde ocurrió el ataque- y el propietario del perro, un rottweiler mediano, no tuvieron ningún tipo de responsabilidad penal.
La jueza explica que "tenían al perro en una propiedad privada" y que ésta "se encontraba cercada o imposibilitando el acceso de terceras personas extrañas a la finca en cuestión". Además, había carteles que advertían de la "peligrosidad" de los perros que se hallaban en su interior. El niño entró a aquella finca en un coche, acompañado de dos mayores: su joven cuñado y el dueño del can. Iban a echar de comer a los animales y el niño, según la magistrada, quiso ir con ellos y se bajó del vehículo. La juzgadora establece que el padre del menor ya había sido "advertido de la peligrosidad de los animales que estaban en el interior de la finca" y "no obstante, fue el padre quien insistió en que se llevaran al menor".
El ataque ocurrió mientras el pequeño jugaba con el perro y, a juicio de la juzgadora, el adulto que asumió su cuidado al llevárselo "debería de haber adoptado las medidas oportunas para evitar el fatal desenlace de la agresión del perro a dicho menor". El can le mordió en "toda la pierna, ingle, gúteo y parte anterior y posterior de extremidad inferior derecha".
La resolución, que sigue el "mismo entendimiento" marcado por otras sentencias en casos similares, recuerda que en "el Derecho Penal rige el principio de intervención mínima", aunque abre la puerta a la familia del crío a la vía civil en caso de que crean que deben ser indemnizados.
http://www.granadahoy.com/article/provincia/659659/absuelto/dueno/perro/le/mordio/la/pierna/nino/anos.html
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